Deniegan a una teleoperadora el cuidado de su madre y hermano discapacitados

e. v. pita VIGO / LA VOZ

VIGO CIUDAD

Imagen de archivo de la Cidade da Xustiza, en Vigo.
Imagen de archivo de la Cidade da Xustiza, en Vigo. M.MORALEJO

El juez dice que la empleada que quería teletrabajar no probó que conviviese con ambos, pues uno reside en Vigo y otra de Ponteareas

20 abr 2024 . Actualizado a las 05:00 h.

Una teleoperadora especializada ha perdido la batalla para cambiar su horario a las mañanas y teletrabajar con el fin de poder cuidar por las tardes a su hermano, con una discapacidad del 65 %, y a su madre, con un 86 % de minusvalía y que no pueden valerse por sí mismos. Bosch Service Solutions SAU le denegó la petición de adaptar su horario para la conciliación de la vida familiar y laboral porque la trabajadora no justificó la necesidad de la concreción horaria en la mañana, no aportó documento alguno que lo justificase, no negoció con la empresa ni probó que ella conviviese con dichos familiares. La trabajadora demandó y pidió 7.500 euros de indemnización por daños y perjuicios.

El Juzgado de lo Social número 3 de Vigo, en una sentencia del 10 de noviembre, dio la razón a la empresa porque la madre está empadronada en Ponteareas y el hermano en Vigo y no convive con ambos.